La cuantía de la ayuda será de 400 euros al mes por persona adulta y 100 por persona menor de edad a cargo, para personas con el estatuto de Protección Temporal y empadronadas en San Vicente.
La Concejalía de Bienestar Social del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig anima a los refugiados ucranianos empadronados en la localidad, beneficiarios del régimen de Protección Temporal a solicitar las ayudas económicas aprobadas por la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana.
La cuantía de la ayuda será de 400 euros al mes por persona adulta que tenga la condición de beneficiaria, más 100 euros al mes, por persona menor de edad a cargo de la misma, y cuyo límite son 18.000 euros por beneficiario. Entre los requisitos hay que incluir que se acredite carencia de medios económicos y que se disponga de unos ingresos y rentas mensuales que no superen la cuantía mensual individual de la renta garantizada prevista en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el Ingreso Mínimo Vital.
Se trata de ayudas, de concesión directa, destinadas a asegurar la satisfacción de las necesidades básicas de personas que hayan obtenido el estatuto de protección temporal y que consten como empadronadas en algún municipio del ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
La concejala de Bienestar Social, Isabel Candela, ha recordado que el Consistorio da soporte a la Residencia Diego de León, que gestiona la asamblea de Alicante de Cruz Roja, y que acoge a 146 personas, 53 niños de entre 8 meses y 18 años y 93 adultos mayoritariamente mujeres.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y finalizará el 31 de marzo de 2023 a las 15.00 horas. La solicitud se realizará en los formularios disponibles en la sede electrónica de la Generalitat Valenciana en el siguiente enlace: https://sede.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=23184
La Generalitat Valenciana aprobó el 13 de marzo, las bases reguladoras para la concesión directa de estas ayudas, que “tienen carácter singular y excepcional,” y que están incluidas en la disposición adicional quinta de la Ley 9/2022, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2023, en el marco del Real decreto 673/2022, de 1 de agosto, que regula la presencia de los refugiados procedentes de Ucrania.