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Inspección de Trabajo da la razón al Policía Local de San Vicente que denunció incumplimiento en materia de prevención de riesgos laborales

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El Ministerio de Trabajo ha iniciado un procedimiento de imposición de medidas correctoras que el Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig deberá cumplir en el plazo máximo de dos meses.

Un Policía Local de San Vicente del Raspeig fue el primero en presentar denuncia ante el Ministerio de Trabajo, siguiendo las instrucciones del Síndic de Greuges, por no haber recibido, en 2018, la obligatoria revisión médica establecida en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como estar el Consistorio un año completo sin contrato en esta materia (del 30/09/18 hasta el 30/09/19). Su denuncia fue la primera, pero no la única. Ahora, Inspección ha dado la razón a los denunciantes al constatar que el Ayuntamiento “no ha cumplido con sus obligaciones derivadas de vigilancia de la salud de conformidad con el artículo 22 de la LPRL, tanto en lo que respecta a los reconocimientos periódicos como a los reconocimientos médicos tras bajas médicas prolongadas”, situación que ha afectado a toda la plantilla de trabajadores municipales, alrededor de 400 personas. Además, en cuanto a los reconocimientos iniciales de personal de nuevo ingreso, Inspección ha constatado también que el Ayuntamiento “obligaba a los trabajadores a obtener un certificado médico de aptitud para desempeño de su puesto de trabajo, fuera de la jornada laboral y a un exclusivo coste. Tales certificados no son expedidos por un médico con especialidad en medicina del trabajo” reza la resolución.

Otra de las irregularidades detectadas por la Inspección de Trabajo ha sido que el Ayuntamiento “tampoco ha cumplido con sus obligaciones en materia de formación en prevención de riesgos laborales, de acuerdo con el artículo 19 LPRL y que desde septiembre de 2018, el Comité de Seguridad y Salud no se había reunido, alegando que no disponía de técnicos de prevención”. Sin embargo, aclara la resolución, “la ausencia de servicio de prevención no es óbice para que tales reuniones puedan convocarse y celebrarse, dado que supone el órgano de participación y consulta de los trabajadores, de acuerdo con el artículo 38 LPRL”.

El Policía Local se ha mostrado satisfecho con la resolución y una vez más ha lamentado que “puesto en conocimiento de algunos sindicatos y grupos políticos de lo que estaba ocurriendo en su momento, haya tenido que ser una denuncia a título particular la que iniciara este proceso, algo que me parece muy grave, porque si quien tiene que fiscalizar al Equipo de Gobierno mira para otro lado, los trabajadores estamos indefensos y hace que me pregunte si hay algún interés oculto para no denunciar”. Además, añade “me gustaría que con esta resolución en la mano, se exigieran responsabilidades políticas, tanto al concejal de RRHH y Contratación en aquel momento, José Luis Lorenzo, como al alcalde, Jesús Villar, que en un pleno llegó a decir que los trabajadores municipales somos el mejor activo y merecemos un respeto. Incumplir la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y guardar silencio al respecto para mí, como funcionario con 28 años al servicio de este municipio, es una falta de respeto”.

El Ministerio de Trabajo ha iniciado un procedimiento de imposición de medidas correctoras que obligan al Ayuntamiento a subsanar los incumplimientos detectados en el plazo máximo de dos meses, ante la imposibilidad legal de procedimiento sancionador contra la Administración, y deberá acreditar el cumplimiento del requerimiento ante Inspección.